Apuestas deportivas seguras en 2026: el permiso de la SEGOB como único aval

Updated noviembre 2026
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Datos actualizados a 6 noviembre 2026, con los números de permiso y las condiciones de cada plataforma contrastados contra los pies de página de las propias casas y contra las compilaciones que se citan cuando esa cifra no proviene de la marca.

Un documento con sello rojo sobre un escritorio de madera junto a un bolígrafo
Según el artículo 2 del Reglamento de la LFJS, la actividad de juegos con apuestas y sorteos que no esté expresamente prevista está prohibida.

Cuando alguien escribe “apuestas deportivas seguras” en un buscador está pidiendo una cosa concreta: saber qué casa le va a pagar si gana y a quién puede reclamar si no lo hace. En México esa pregunta tiene una respuesta más sencilla y más incómoda de lo que la publicidad del sector sugiere. Aquí no existe una licencia para apostar en línea. Existe un permiso de la Secretaría de Gobernación, un acto administrativo temporal que se otorga a un permisionario, y las plataformas que el apostador ve en pantalla son marcas colgadas de ese permiso. El Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos es explícito: define el permiso como un acto administrativo temporal otorgado a un permisionario y no como una “licencia”, y describe la apuesta como dinero en moneda nacional arriesgado en un juego permitido.

La palabra importa porque cambia lo que el apostador está comprando. Una licencia, en el imaginario del sector, suena a algo que se concede a la empresa que opera el sitio. El permiso mexicano se concede a un titular de permiso que en muchos casos viene del juego presencial —un hipódromo, un galgódromo, un frontón, una sala de sorteos— y que después aparece detrás de una o varias marcas digitales. Producciones Móviles, por ejemplo, es el nombre que los propios pies de página muestran detrás de Betcris y de Pickwin. Caliplay opera Caliente. Cuando un apostador reclama por un retiro, quien responde legalmente no siempre es la marca que le vendió el boleto.

Hay una segunda capa que casi nadie menciona y que es la que más consecuencias tiene. El artículo 2 del Reglamento reformado el 16 de noviembre de 2023 no autoriza nada: prohíbe todo lo que no esté expresamente previsto. La actividad de juegos con apuestas y sorteos que no esté expresamente prevista está prohibida. La Secretaría de Gobernación interpreta y aplica la ley en el ámbito administrativo, y la Dirección General de Juegos y Sorteos autoriza, controla, vigila, modifica y termina los permisos. Ni la Ley Federal de Juegos y Sorteos, que data del 31 de diciembre de 1947, ni el Reglamento vigente nombran las apuestas en línea. El permiso que sostiene una plataforma digital es, en la práctica reportada, el de un centro de apuestas remotas o el de una sala de sorteos de números o símbolos, porque son los tipos previstos para apuestas a distancia, y los titulares de permisos de hipódromo, galgódromo o frontón pueden obtener permisos complementarios de apuestas remotas.

Eso significa algo muy concreto para quien apuesta. No hay una autoridad que haya certificado ese sitio como “seguro” en el sentido en que lo entiende un consumidor. Hay una autoridad que autorizó a alguien a explotar apuestas a distancia, y ese alguien puso una web. Todo lo demás —los momios, los límites de retiro, los tiempos de pago, el trato al cliente que reclama— es política de la casa, no obligación del regulador.

El tercer dato es el que debería encabezar cualquier comparación y casi siempre aparece al final: no hay una lista oficial de permisos que un apostador pueda abrir. En mayo de 2026 el diputado Rubén Moreira pidió a la Secretaría de Gobernación un registro público y abierto de los permisos de apuestas y casinos; hasta octubre de 2026 no se pudo abrir una lista oficial completa. Existe además una propuesta terminada por la Secretaría de Gobernación en octubre de 2026 para sustituir la ley de 1947, enviada al Gabinete de Seguridad, que no se ha presentado al Congreso y que, por tanto, no es ley.

De ahí sale la única regla que este texto quiere dejar clavada antes de comparar nada: todo número de permiso que se lea aquí llega con la marca de quien lo sostiene, y ningún sitio web —tampoco el de una marca concreta— sustituye al documento. Las cifras se citan tal como las fuentes las publican, sin confirmación oficial, porque esa confirmación hoy no se puede consultar en abierto.

Índice de contenidos
  1. Panorama normativo: qué protege realmente al apostador en México
  2. Fundamentos: cómo se verifica una casa de apuestas y qué respaldo tiene
  3. Prevención: las herramientas que existen, las que no y quién paga la cuenta
  4. Las nueve plataformas y cómo se ven por dentro
  5. La frontera entre lo permitido y lo bloqueado: qué cambió desde noviembre de 2025
  6. Impuestos: lo que se queda Hacienda cuando el boleto gana
  7. Preguntas frecuentes sobre apuestas deportivas seguras en México
  8. Lo que queda después de comparar

Panorama normativo: qué protege realmente al apostador en México

El permiso no es una licencia y el titular no siempre es la marca

La diferencia entre permiso y licencia no es un tecnicismo de abogados. Es la respuesta a la pregunta “¿contra quién reclamo?”. El Reglamento reserva la figura del permisionario para quien recibe la autorización, y el artículo 31 añade un detalle que sorprende a quien viene del mercado europeo: los permisos de juegos con apuestas son intransferibles. No pueden gravarse, cederse, venderse ni comercializarse.

Esa intransferibilidad tiene una consecuencia práctica doble. Por un lado, blinda el permiso: no se puede comprar la autorización por la vía de comprar la empresa. Por el otro, obliga a que varias marcas convivan bajo un mismo titular cuando un grupo explota más de un sitio. El apostador que tiene cuenta en dos plataformas distintas puede estar tratando, legalmente, con el mismo permisionario. Y dos plataformas del mismo titular pueden tener condiciones de retiro completamente distintas, porque nada en la norma obliga a que las condiciones comerciales se homologue entre marcas.

Cuando un apostador busca “una casa segura”, lo que en realidad está buscando es un titular identificable, con nombre y número, y una marca que lo declare. En eso el mercado mexicano tiene una virtud involuntaria: como no hay licencia digital, los pies de página se ven obligados a mostrar el permiso del titular, y ese es el punto de partida real de cualquier verificación.

Qué obliga el Reglamento a quien opera apuestas a distancia

Existen obligaciones que sí recaen sobre el permisionario de apuestas remotas, y conviene conocerlas porque son el único paquete de garantías que el marco mexicano le da hoy al apostador. El artículo 29 exige presentar cuentas trimestrales y anuales auditadas, contratar seguros, reportar sospechas de delincuencia organizada o lavado de dinero y constituir una fianza equivalente a unos 60 días de premios promedio.

Ahí está el detalle que más debería pesar en una comparación entre lo que ofrece una marca con permiso y lo que ofrece un sitio sin él: la fianza. Es una cifra que se calcula sobre el promedio de premios pagados, lo que significa que un operador con premios altos mantiene una garantía mayor. No es un fondo de garantía de depósitos como el bancario, ni cubre el caso de que la plataforma decida no pagar un boleto determinado, pero es un respaldo con el que no cuenta ninguna marca sin permiso.

Las cuentas auditadas son el segundo punto. Un apostador no va a leer un dictamen de auditoría, y no le hace falta. Lo que le importa es que exista una contabilidad obligatoria que un tercero revisa, porque es lo que hace que el dinero del operador no sea un agujero negro. En un sitio sin permiso, esa contabilidad no existe para ningún efecto mexicano.

El resto del marco general se reparte en el Reglamento y en la ley. El Reglamento regula la autorización, el control, la vigilancia y la inspección de los juegos con apuestas y sorteos, salvo los de la Lotería Nacional, y establece competencia federal. La ley faculta a la Secretaría de Gobernación a otorgar permisos e inspeccionar, permite cerrar locales no autorizados y prohíbe que un establecimiento quede cerca de escuelas o centros de trabajo. Sobre esta última regla vale una aclaración honesta: está escrita para locales físicos. Un sitio web no tiene cuadra.

La edad mínima: la norma dice “menores” y no dice un número

Aquí la letra pequeña es de las que producen discusiones en mostrador. El artículo 5 del Reglamento prohíbe a los menores de edad las áreas de apuestas de los establecimientos y su participación en el cruce de apuestas, pero no fija una edad numérica. La prohibición existe; el número, no.

Las plataformas, en cambio, sí publican un número. La ficha de la aplicación de Codere México dice que limita el uso a mayores de 18 años. El pie de página de caliente.mx indica que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad y enlaza una sección de juego responsable. Es decir: el 18 no viene de la norma que un apostador pueda citar, viene de las condiciones que cada operador redacta. Y como las condiciones las redacta el operador, el rigor con el que se verifica tampoco es uniforme.

Merece mención aparte un documento que no es ley. La iniciativa para abrogar la ley de 1947 propone mecanismos de autoexclusión, edad mínima de 21 años y límites ligados al ingreso. Es una propuesta. Si algún día se aprueba, moverá la conversación de los 18 a los 21 y de los límites voluntarios a los límites anclados en ingresos, pero hoy no cambia ninguna obligación de ningún operador.

Verificación de identidad, reportes a la UIF y el CFDI que sí llega

El Reglamento no desarrolla el procedimiento de identificación de usuarios. Lo que sí ocurre es que la actividad de juegos con apuestas figura entre las vulnerables frente al lavado de dinero, de modo que los operadores verifican a sus usuarios y reportan las operaciones relevantes a la UIF y al SAT. Los documentos exactos que cada casa pide no están fijados en el articulado que aquí se ha revisado, y esa ausencia explica por qué dos casas mexicanas pueden pedir expedientes de verificación distintos para retiros del mismo tamaño.

Para el apostador hay un efecto tangible que conviene anticipar antes de la primera apuesta grande: la verificación se dispara normalmente en el momento del retiro, no en el del registro. Quien apuesta tres semanas con una cuenta sin verificar y gana, descubre el requisito justo cuando quiere cobrar. No es una trampa de la casa; es la secuencia que impone el control antilavado. Pero se lleva mejor si se sabe de antemano.

El otro efecto tangible es fiscal y llega en forma de papel. El operador emite un CFDI de retenciones cuando el premio es de los que causan impuesto. Es un documento con efectos reales: aparece en el expediente fiscal del apostador y puede tener que declararse. De eso se ocupa la sección sobre impuestos, porque es la parte del marco que sí toca el bolsillo del que gana.

Qué se juega quien apuesta en un sitio sin permiso, y qué no se puede afirmar

Aquí conviene ser exacto en las dos direcciones, porque el sector abusa de la advertencia. El artículo 2 del Reglamento prohíbe lo que no está expresamente previsto, y la ley permite a la Secretaría de Gobernación clausurar locales no autorizados. La Secretaría ha reforzado su capacidad de bloquear dominios y aplicaciones sin permiso, y las plataformas de fuera que operan sin permiso local no tienen ninguna de las obligaciones del artículo 29.

Lo que no se puede afirmar, y no se afirmará aquí: que apostar en un sitio sin permiso sea un delito para el jugador, ni que esté exento de consecuencia. La posición sensata es que el marco mexicano apunta al operador y no al apostador, y que eso no convierte el sitio en seguro.

Lo que sí se puede decir con precisión es lo que el apostador pierde. Pierde la fianza, pierde la contabilidad auditada, pierde el reporte de operaciones sospechosas y pierde el CFDI de retenciones. Y sobre todo pierde la vía de reclamación: un operador con permiso mexicano tiene una autoridad administrativa encima que puede inspeccionarlo, modificarlo y terminar su permiso. Un sitio con licencia de Curazao no es un permisionario mexicano, y no rinde cuentas a la Dirección General de Juegos y Sorteos. Escribir “seguro” al lado de un sitio sin permiso es la única afirmación que este texto no firma.

Fundamentos: cómo se verifica una casa de apuestas y qué respaldo tiene

La única verificación que un apostador puede hacer solo

La verificación empieza abajo de la página. Los operadores que sostienen un permiso suelen mostrarlo en el pie del sitio: caliente.mx presenta el número DGG/SP/404/97 como autorización de la Secretaría de Gobernación, y la operadora del sitio es Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V. Ese es el patrón que sirve: número, titular, y el titular no es la marca.

Un balón de fútbol sobre un boleto de apuesta blanco en una mesa de madera a la luz del día
Los permisionarios de apuestas remotas deben presentar cuentas trimestrales y anuales auditadas, contratar seguros.

El paso siguiente, que ya no depende del sitio, choca con la pared que se describió antes: la lista oficial de la Dirección General de Juegos y Sorteos no se puede abrir, y por eso las compilaciones se contradicen entre ellas. Hay dos cifras circulando sobre cuántas páginas de apuestas existen en el mercado mexicano —una reporta 136 sitios, otra entre 30 y 35 operadores digitales en dominios .mx— y ninguna de las dos se puede verificar contra un documento público. Un registro abierto es lo que se pidió al Congreso en mayo de 2026 y lo que el sector reclama desde dentro.

Con eso, la verificación honesta se reduce a tres gestos: leer el permiso del pie y anotar el titular; comprobar que la razón social que aparece en los términos y condiciones coincide con el titular del permiso; y desconfiar de cualquier casa que muestre un logotipo de “licencia” sin número y sin autoridad. Un sello que no dice quién lo emitió no es un aval, es decoración.

Los mínimos que hacen útil una comparación

Cuando se cotejan plataformas, hay cuatro o cinco cosas que deciden si la cuenta sirve. La primera es si el momio de las ligas que el apostador sigue tiene un margen que deja algo: una casa con momios generosos en la portada y un margen alto en los mercados secundarios es un escaparate, no un servicio. La segunda es cuándo se dispara la verificación de identidad y cuánto tarda el retiro, porque el dinero apuesta mejor dentro del bolsillo que en la pantalla. La tercera son los límites de la propia casa: montos mínimos de apuesta, máximos por boleto y topes de retiro, que en muchas plataformas viven en términos y condiciones y no en la página del bono. La cuarta es el catálogo de mercados y de apuestas combinadas, que separa a las casas de fútbol y poco más de las que de verdad ofrecen variedad. La quinta, y la más eludida, es si la casa tiene herramientas de juego responsable dentro de la cuenta y no solo un enlace con buenas intenciones.

El orden de esa lista no es casual. El margen y los momios ya están en el importe que se cobra por jugar; las condiciones de retiro son el segundo cobro, en tiempo; y los límites son el tercero, en restricciones que el apostador descubre tarde. Una casa puede ser perfectamente legal y no ser apropiada para el apostador que la está mirando. Legalidad y adecuación son dos preguntas distintas, y solo la primera se responde con una cifra.

Margen: el costo que ya está dentro del momio

Un momio no es una predicción, es un precio. En un partido con momios de 1,90 y 1,90 para los dos lados, la casa está diciendo algo sobre el reparto del dinero y algo sobre su propio margen. Con dos resultados a 1,90, la suma de 1/1,90 + 1/1,90 da 1,0526, de modo que el conjunto de las apuestas a ese mercado devuelve aproximadamente 95 centavos por cada peso jugado y la casa conserva alrededor del 5 %. El número exacto se calcula dividiendo 1 entre esa suma y restando el resultado de 1.

Lo importante es qué significa ese 5 % para quien apuesta. No es una comisión que se cobre al retirar ni un cargo visible en el boleto: está diluido en el precio. Por eso un mercado con momios de 1,90/1,90 es más caro que otro con 1,95/1,95, aunque ambos “paguen casi el doble”. Y por eso la parte más útil de una comparación entre casas mexicanas no es la lista de ligas que cubren, sino el margen que aplican a los mercados que el apostador realmente juega.

En el mercado mexicano hay una razón estructural para que ese margen se haya apretado o se haya estirado en los últimos meses, y no tiene que ver con la competencia: el IEPS a los juegos con apuestas y sorteos que requieren permiso pasó de 30 % a 50 % desde el 1 de enero de 2026, por la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025 y recogida en el artículo 2, fracción II, inciso B), de la Ley del IEPS. Ese impuesto se cobra al operador, pero ninguno lo paga con su margen: sale del precio. Cuando un operador rediseña su bono de bienvenida para absorber parte del golpe fiscal, como se ha reportado que ocurrió después de la subida, lo está rediseñando para el mismo apostador que lee la oferta.

La cuenta del esfuerzo: qué cuesta jugar $500 MXN a la semana

Vale hacer la cuenta con un ejemplo, porque es la única forma de ver de dónde sale el costo. Un apostador con presupuesto limitado se fija él mismo un límite de $500 MXN a la semana, lo apuesta una sola vez y juega un mercado de dos resultados con momios de 1,90 y 1,90. Ese momio es un ejemplo aritmético, no una cotización de ninguna casa.

Si sostiene el ejercicio 52 semanas, el volumen apostado en el año llega a $26,000 MXN. Una apuesta semanal es apuesta pequeña con presupuesto pequeño, y sostenerla durante un año en la misma casa normalmente mueve a la plataforma a clasificar la cuenta como activa, con lo que eso significa para programas de puntos o de atención al cliente.

El costo esperado sale de cruzar ese volumen con el margen del mercado. Con un margen de aproximadamente 5 %, que es el que corresponde a los momios del ejemplo, el costo esperado del año se sitúa alrededor de $1,300 MXN. Es una estimación estadística y no un resultado: describe el promedio de pérdida que el margen deja sobre el volumen jugado, y no dice qué ocurrirá con ninguna de esas 52 apuestas. La banda va de unos $780 MXN si el mercado tiene un margen cercano al 3 %, hasta unos $1,560 MXN si el margen se estira al 6 % en los mercados de la misma casa. Que el operador cobre el IEPS no cambia ese cálculo: el margen del mercado es lo que determina cuánto se queda la casa de cada peso apostado, independientemente de por qué lo hace.

La lección práctica no es que apostar no valga la pena. Es que el presupuesto chico paga la misma tasa porcentual que el grande, y que un 5 % sobre un volumen sostenido se siente al final del año aunque no aparezca en ningún boleto. Ese costo no se evita eligiendo mejor, se reduce eligiendo mercados con margen menor y jugando menos volumen por el mismo entretenimiento. Un bono de bienvenida que devuelva $500 MXN repone parte de esos $1,300, y solo si el apostador cumple los requisitos de apuesta que el bono traiga. Lo que se ahorra no sale de la generosidad de la casa.

Prevención: las herramientas que existen, las que no y quién paga la cuenta

Sin registro nacional: la autoexclusión es una puerta que se cierra desde dentro

La pregunta más frecuente sobre juego responsable en México tiene una respuesta corta: no existe un registro nacional de autoexclusión. La autoexclusión es voluntaria y funciona dentro de cada operador, con sus propias reglas: la casa bloquea la cuenta, o permite pausarla, o se compromete a no enviar promociones, según lo que ella misma haya decidido ofrecer.

Una credencial de elector junto a un celular con una cuenta regresiva en la pantalla sobre una mesa de cocina
El artículo 5 del Reglamento prohíbe a los menores de edad las áreas de apuestas de los establecimientos y su participación en el cruce de apuestas, pero no fija una edad numérica.

El efecto práctico se ve mejor con un ejemplo. Un apostador que se autoexcluye en tres casas tiene la puerta cerrada en esas tres y abierta en la cuarta. Un registro nacional evitaría esa carrera, pero no existe, y la iniciativa para abrogar la ley de 1947 —que propone mecanismos de autoexclusión, edad mínima de 21 años y límites ligados al ingreso— sigue siendo una propuesta. Nadie debería planear su autocontrol sobre una norma que todavía no está en vigor.

De ahí se sigue una recomendación incómoda: en México, una autoexclusión útil se hace casa por casa, con la lista escrita. Es menos elegante que un solo formulario y es la única que funciona hoy.

Límites de depósito y de pérdida: de la casa, no de la ley

En el marco mexicano no aparecen un límite de depósito de carácter general ni un límite de pérdida obligatorio. Lo que existe son herramientas que cada marca decide poner dentro de la cuenta —pausas, límites de depósito, autoexclusión— y que suelen figurar en las fichas de la aplicación y en las secciones de juego responsable.

Para el apostador con presupuesto limitado esto tiene una consecuencia de secuencia. El límite que importa no es el que ofrece la casa, es el que se fija antes de la primera apuesta y se respeta después de la primera pérdida. Los límites de la casa sirven como red de seguridad cuando el apostador ya decidió cuánto quiere jugar; no sirven como sustituto de esa decisión, porque un límite que se puede levantar con un clic protege menos de lo que sugiere su nombre.

Los avisos institucionales no cambian esa asimetría. Las plataformas publican advertencias de juego responsable y enlaces a secciones de ayuda, y la publicidad del sector muestra la clave del permiso oficial junto con esas advertencias: eso es lo que una casa está obligada a exhibir, y una advertencia no es una barrera.

Cuando la casa tiene permiso y el problema sigue siendo del apostador

Hay un supuesto que conviene dejar claro, porque es lo que sostiene toda esta sección: una casa con permiso de la Secretaría de Gobernación cumple con un marco que habla de seguros, de cuentas auditadas, de fianza y de reportes antilavado. Ninguna de esas obligaciones es un límite de gasto. Un operador puede tener todo en regla y aun así aceptar que un apostador deposite cada semana más de lo que puede perder.

Eso deja al apostador con la parte de la protección que el sistema no cubre. Es la misma lógica que la fianza del permisionario: la fianza protege el pago de premios promedio, no el patrimonio de un cliente concreto. La consecuencia es sencilla de enunciar aunque difícil de cumplir. El control que hace la diferencia es el que se ejerce en el momento de depositar, no el que se promete después de perder.

Queda fuera de esta sección un tema que merece su propio apartado, porque toca el bolsillo por la vía fiscal y no por la del autocontrol: qué se retiene cuando un premio cae. De eso se ocupa el marco fiscal más abajo.

Las nueve plataformas y cómo se ven por dentro

Evaluación y criterios de la comparación

Las nueve plataformas que siguen operan bajo un permiso de la Secretaría de Gobernación atribuido a un permisionario, tal como sus propias fuentes lo declaran. Ninguna aparece aquí como recomendación ni como ranking cerrado: la lista no es el mercado completo, y una marca ausente no está por eso sin permiso.

Tabla: qué declara cada marca sobre su permiso y qué dice su propia ficha. Las columnas cambian según lo que la fuente sostiene; donde las compilaciones se contradicen, no se imprime número.

Marca Permiso SEGOB declarado (fuente citada, sin confirmación oficial) Qué declara la propia plataforma
Pickwin El número no se imprime: las fuentes se contradicen entre sí; el que da una compilación es el mismo que el pie de página de Betcris muestra para Producciones Móviles Titular: Producciones Móviles, S.A. de C.V., con Unocapali La Paz Operadora
Codere DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, según una compilación sectorial Titular: Libros Foráneos, S.A. de C.V. (Codere México); la ficha de la aplicación declara operar con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta
Novibet DGJS/DCRCA/1121/2020, según casasdeapuestaslegales.mx Titular: Comercial de Juegos de la Frontera, S.A. de C.V.
Caliente DGG/SP/404/97, mostrado en el pie de página de la propia marca Operadora del sitio: Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V.; el pie lo presenta como autorización de la Secretaría de Gobernación y advierte que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad
Strendus DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, según casasdeapuestaslegales.mx Titular según las fuentes: Atracciones y Emociones Vallarta o New Ads, y las compilaciones difieren entre ellas
Playdoit DGAJS/SCEVF/P-02/2005, según casasdeapuestaslegales.mx Titular: Eventos Festivos de México
Betway 4184, según casasdeapuestaslegales.mx Titular: Espectáculos Deportivos Frontón México, S.A. de C.V.
1xBet DGJS/0002/2020, según una compilación sectorial, que no pudo confirmar el dominio ni la lista oficial Titular: Entretenimientos Naturales; la App Store lista la aplicación bajo 1XCorp N.V., una sociedad distinta de la titular nombrada
Betcris El número no se imprime: el del pie de página de la propia marca y el de la tabla del propietario difieren; el pie lo muestra a nombre de Producciones Móviles Titular: Producciones Móviles; empresa del sitio: TV Global Enterprises Ltd., con licencia de la Autoridad de Juegos de Malta MGA/B2C/300/2008 vigente del 1 de agosto de 2018 al 3 de noviembre de 2026

Dos de las nueve filas no llevan número, y esa es la información más útil de toda la tabla. En el caso de Pickwin el número que una compilación ofrece es el mismo que el pie de página de Betcris muestra para Producciones Móviles, lo que apunta a un asunto de titular compartido más que a una discrepancia de cifras. En el caso de Betcris, el número del pie del propio sitio y el de la tabla del propietario no coinciden. Ninguna de las dos marcas está haciendo nada irregular por ello: el problema es que no hay un documento público contra el cual resolver la diferencia.

Lo demás que salta a la vista es más estructural. Solo dos de las nueve filas traen una cifra que la propia marca muestra —Caliente y Betcris— y el resto llega por compilaciones de terceros. Y hay un dato que no aparece en ninguna columna porque no es una casilla: seis de las nueve marcas cuelgan de un titular cuyo nombre no coincide con la marca que el apostador ve. Eso no es un defecto del mercado mexicano, es su forma. Quien apuesta en una de estas plataformas está tratando comercialmente con una marca y legalmente con un permisionario, y los dos nombres conviene tenerlos juntos.

Pickwin: permiso sin número imprimible y un titular compartido

Pickwin es el caso más incómodo de la lista y por eso va primero. El nombre que las fuentes dan como titular es Producciones Móviles, S.A. de C.V., junto con Unocapali La Paz Operadora, y el número de permiso no se imprime aquí porque las fuentes se contradicen: el que da una compilación es el mismo que el pie de página de Betcris muestra para Producciones Móviles.

Esa coincidencia es más interesante que una simple errata. Si dos marcas distintas aparecen ligadas al mismo titular y al mismo número, lo que hay detrás es un permisionario con varias marcas —la práctica reportada de que un permisionario explota varios sitios—, y el apostador que tiene cuenta en las dos está tratando con la misma razón social. Eso importa en el momento de un conflicto: una queja contra la marca no siempre cambia de interlocutor legal si la marca hermana comparte titular.

Para el apostador, la postura razonable con Pickwin es la que se aplica a cualquier marca cuyo número no se puede resolver: si el permiso no se puede citar con exactitud, se pide por escrito a la propia casa antes de depositar montos altos. Es una petición legítima y una casa con permiso la puede responder.

Veredicto: Pickwin tiene sentido para quien busca una plataforma sencilla y no va a depositar cifras que le obliguen a litigar; el problema no es la marca, es que su respaldo no se puede citar con precisión, y eso pesa más cuanto más grande es el saldo.

Codere: la ficha que declara permiso y una edad que la ley no fija

Codere aparece con dos permisos según una compilación sectorial: DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, con Libros Foráneos, S.A. de C.V. como titular. No hay acceso a la nómina pública de la DGJS, así que la cifra se cita como la da una compilación sectorial.

Lo que sí es verificable sin intermediarios es la ficha de su aplicación, y ahí está lo que el apostador puede leer por su cuenta: la app declara operar con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta. Tres de esas cuatro cosas son declaraciones del operador, no obligaciones de la norma. La del cierre de cuenta es la que más vale, porque es el mecanismo por el que un apostador que quiere parar puede salir sin dejar saldo en el limbo, y porque está escrita donde se puede volver a leer.

Comparada con la marca anterior, Codere resuelve la pregunta del número y aporta un documento propio. Es la diferencia entre una casa cuyo respaldo se puede anotar y una cuyo respaldo hay que pedir.

Veredicto: Codere es la opción más cómoda de la lista para quien quiere una cifra que pueda anotar en un papel y una política de cierre de cuenta publicada en la ficha misma; quien exija confirmación oficial de la Dirección General de Juegos y Sorteos no la va a encontrar en ningún operador mexicano.

Novibet: un permiso de 2020 y un titular que no comparte nombre con la marca

Novibet opera con un permiso que casasdeapuestaslegales.mx identifica como DGJS/DCRCA/1121/2020, a nombre de Comercial de Juegos de la Frontera, S.A. de C.V. La lista oficial vuelve a faltar, así que la cifra se queda con la atribución a esa compilación.

Aquí aparece un detalle que se repite en casi todas las fichas y que conviene mirar con calma: el año del permiso. Un permiso de 2020 es un permiso de administración anterior, y eso tiene una consecuencia concreta para el apostador, aunque no sea la que suele contarse. La antigüedad no garantiza mejores condiciones comerciales: garantiza continuidad de titularidad y, por tanto, menos riesgo de que a mitad de una relación el permiso cambie de manos o se termine. En un mercado donde no hay lista pública contra la cual comprobar, la continuidad es un dato de respaldo serio.

La marca tampoco lleva el nombre del titular, y eso se ha vuelto la norma en esta lista más que la excepción. Para el apostador práctico significa una cosa: los términos y condiciones son el documento que amarra los dos nombres, y son el único lugar donde se puede comprobar que la marca que atiende el soporte es la marca que responde ante el permisionario.

Veredicto: Novibet encaja bien con un apostador que juega a lo largo de meses y valora que la titularidad lleve años sin sobresaltos; el nombre distinto del titular es un trámite que se resuelve leyendo los términos, no un motivo de alarma.

Caliente: el permiso que la marca muestra en su propio pie de página

Caliente es la marca que muestra el respaldo con menos rodeos. Su pie de página exhibe el número DGG/SP/404/97 como autorización de la Secretaría de Gobernación, y la operadora del sitio es Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V. No hace falta recurrir a una compilación: la propia casa pone la cifra a la vista de cualquiera que baje hasta el final de la página.

Ese gesto no es gratis para el apostador. Una cifra mostrada por la propia marca se puede volver a consultar en cualquier momento, sin depender de un tercero que quizá mañana reordene su listado. Es el tipo de detalle que decide una comparación cuando todo lo demás es parejo.

El pie también advierte que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad y enlaza una sección de juego responsable. Una advertencia así no es un límite de gasto, y nadie debería leerla como si lo fuera, pero es el estándar que una marca con permiso asume.

Veredicto: Caliente conviene a quien quiere poder comprobar el permiso sin salir del sitio, que en el mercado mexicano es un lujo real; la contrapartida es que el respaldo que se muestra en el pie no trae consigo ninguna confirmación de autoridad más allá de esa exhibición.

Strendus: tres permisos y dos versiones sobre el titular

Strendus presenta el expediente más cargado de la lista: casasdeapuestaslegales.mx le atribuye los permisos DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, con Atracciones y Emociones Vallarta o New Ads como titular según la fuente que se mire, porque las compilaciones difieren entre ellas.

Varios permisos en una misma marca admiten dos lecturas, y conviene quedarse con la prudente. Pueden corresponder a productos o etapas distintas de la explotación —las salas de sorteos y los centros de apuestas remotas son figuras separadas—, o pueden ser la secuencia administrativa de una operación que fue creciendo. En cualquiera de los dos casos, el apostador no gana ni pierde nada por el número de permisos, siempre que la marca pueda explicar cuál de ellos ampara su operación digital. Esa pregunta concreta se responde por el canal de atención, y una casa ordenada contesta.

Las dos versiones sobre el titular son otro asunto. Cuando las compilaciones no coinciden ni siquiera en quién es el permisionario, la conciliación de nombres con los términos y condiciones deja de ser una formalidad y se convierte en la única comprobación disponible.

Veredicto: Strendus ofrece cobertura de respaldo amplia pero con la única cifra de la lista que no permite identificar un solo titular sin ambigüedad; sirve al apostador que pregunta antes de depositar, no al que confía en lo que lee de paso.

Playdoit: un permiso del ciclo antiguo y perfil de casa de barrio

Playdoit aparece con el permiso DGAJS/SCEVF/P-02/2005, según casasdeapuestaslegales.mx, y Eventos Festivos de México como titular. La consulta a la Dirección General de Juegos y Sorteos resulta imposible.

La nomenclatura del número la delata: el formato con la clave de la entonces dirección de juegos es el mismo que aparece detrás de otras marcas del mercado, lo que sitúa este permiso en el ciclo administrativo de la primera mitad de la década pasada. Ese linaje es coherente con un perfil de marca más cercana a lo popular y a lo local que a la publicidad masiva.

Para un apostador con presupuesto limitado, ese perfil no es un defecto en sí. Las casas orientadas a volúmenes chicos suelen tener montos mínimos accesibles y mercados muy concentrados en el fútbol y poco más, lo que a la vez facilita el control del gasto y limita la variedad. El mismo perfil que ayuda a quien apuesta poco puede quedar corto a quien busca mercados raros.

Veredicto: Playdoit es una casa para el apostador de montos pequeños que se queda en los partidos grandes; quien busque profundidad de mercados o apuestas combinadas elaboradas se va a topar con el techo de este perfil.

Betway: número corto, titular identificable y catálogo internacional

Betway figura con el permiso 4184, según casasdeapuestaslegales.mx, a nombre de Espectáculos Deportivos Frontón México, S.A. de C.V. La cifra es la más corta de la lista y su titular tiene una particularidad que vale la pena señalar: es una empresa cuyo nombre remite a un frontón, y los titulares de permisos de frontón pueden obtener permisos complementarios de apuestas remotas según el artículo 28 del Reglamento. El respaldo de Betway tiene, por tanto, una forma jurídica reconocible y prevista en la norma.

Esa clase de encadenamiento es lo que el apostador no ve y lo que explica el mercado: las figuras presenciales —frontones, hipódromos, galgódromos, salas de sorteos— son las que pueden sostener apuestas a distancia, y las plataformas digitales llegan después. No es una irregularidad ni un atajo; es el único camino que el Reglamento dibuja.

La marca tiene un perfil internacional reconocible, lo que amplía el catálogo pero también trae consigo la pregunta que siempre trae una marca global: si sus condiciones de retiro serán las mismas que las de su operación en otros países. No lo son por definición, porque el permiso es mexicano y las obligaciones del artículo 29 también lo son. Lo que el apostador debe leer es la versión local de los términos.

Veredicto: Betway combina un titular identificable con un catálogo amplio, y esa mezcla conviene a quien quiere variedad sin salirse del permiso mexicano; el precio es tener que leer los términos locales en lugar de confiar en la reputación internacional de la marca.

1xBet: el titular nombrado y la sociedad que figura en la tienda de aplicaciones

1xBet aparece con el permiso DGJS/0002/2020, según una compilación sectorial, que además no pudo confirmar ni el dominio ni la lista oficial. El titular nombrado es Entretenimientos Naturales. Y hay un detalle que sobresale: la App Store lista la aplicación bajo 1XCorp N.V., una sociedad distinta de la titular nombrada.

Esa diferencia entre el titular del permiso y la sociedad que publica la aplicación no es un dato que se pueda resolver desde fuera, pero sí es un dato que el apostador debe entender como lo que es: una cadena de nombres distinta de la que muestra la marca. Cuando el permiso es mexicano y el editor de la aplicación es una sociedad extranjera, la relación contractual que el apostador acepta al instalar tiene más eslabones de los que parece.

El doble aviso de la compilación —no pudo confirmar el dominio ni la lista oficial— completa el cuadro. Es el respaldo más difícil de citar de las nueve fichas.

Veredicto: 1xBet no es un respaldo que se pueda recomendar sin matices a quien deposita saldos altos, porque el permiso mexicano nombra a un titular y la aplicación que el apostador instala aparece bajo otro; quien aun así juegue ahí tiene motivos para mantener los importes pequeños y retirar seguido.

Betcris: permiso no imprimible, licencia maltesa vigente y el titular de Producciones Móviles

Betcris es la ficha con la documentación más densa y también la que más obliga a leer con lupa. El número del pie de página de la propia marca y el de la tabla del propietario difieren, así que no se imprime aquí; el pie lo muestra a nombre de Producciones Móviles, que es el titular nombrado por las fuentes. La misma marca declara como empresa del sitio a TV Global Enterprises Ltd., con licencia de la Autoridad de Juegos de Malta MGA/B2C/300/2008 vigente del 1 de agosto de 2018 al 3 de noviembre de 2026.

Ahí están las dos mitades de la historia. Por el lado mexicano, un permiso cuyo número no se puede fijar con claridad. Por el lado europeo, una licencia con fecha de inicio y de vencimiento perfectamente legibles. El apostador que compara no está eligiendo entre “regulado” y “no regulado”: está eligiendo entre una regulación que puede verificar y otra que va a ser la que en la práctica atienda un problema, y eso no siempre es lo mismo.

La licencia maltesa vigente hasta el 3 de noviembre de 2026 no es un permiso mexicano ni sustituye a uno. La Dirección General de Juegos y Sorteos no la supervisa, y una reclamación mexicana no se resuelve en Malta. Que una marca las tenga ambas es una ventaja real para quien quiere una segunda vía de escalamiento, y no cambia en nada la obligación mexicana.

Veredicto: Betcris es el caso donde el respaldo internacional es más visible que el local, y esa asimetría la vuelve apropiada para un apostador que acepta resolver una disputa por la vía de la licencia europea cuando la mexicana no da una cifra clara.

La frontera entre lo permitido y lo bloqueado: qué cambió desde noviembre de 2025

Un mercado con resoluciones que van y vienen

Todo lo anterior se sostiene sobre un mercado en movimiento, y quien compare casas debería mirar la fecha de cualquier afirmación sobre el estado de una plataforma. Entre el 11 y el 12 de noviembre de 2025 la UIF identificó 13 casinos y congeló cuentas, y bet365 y Betano (Ganador Azteca, del grupo Salinas) quedaron deshabilitadas. En diciembre de 2025 un tribunal colegiado les permitió únicamente publicar contenido informativo lícito y ajeno a las apuestas. En marzo de 2026 un juez de distrito concedió a bet365 un amparo contra el bloqueo, y el sitio seguía inactivo el 24 de marzo de 2026. En julio de 2026 la Dirección General de Juegos y Sorteos suspendió diez dominios de casino en línea, entre ellos betano.mx y bet365.mx. El 23 de octubre de 2026 un tribunal federal habría suspendido la orden de la Secretaría de Gobernación contra bet365 y Betano, según una sola fuente. Alrededor de 20 casinos físicos fueron cerrados en 2026.

Esa secuencia tiene una consecuencia que al apostador le importa más que la cronología: un saldo en un operador bloqueado puede quedar congelado. No es una advertencia teórica sobre sitios piratas; es lo que le ocurrió a clientes de marcas grandes y conocidas. Por eso la pregunta “¿tiene permiso?” no basta. La segunda pregunta es “¿qué pasa con mi dinero si mañana lo bloquean?”, y la respuesta honesta es que depende de la resolución judicial del día.

Por eso bet365 y Betano no aparecen con ficha en esta comparación. No es un juicio sobre ellas: es que cualquier descripción de su oferta sería falsa en el momento de publicarse.

El costado offshore, sin nombres y con consecuencias

Los sitios que operan sin permiso mexicano —incluidos los que exhiben una licencia de Curazao— no son permisionarios mexicanos y no tienen ninguna de las obligaciones del artículo 29. Ese es el punto entero. No hay fianza para sus premios, no hay cuentas auditadas por un tercero con efectos en México, no hay reporte antilavado con la UIF y el SAT, y no hay CFDI de retenciones cuando un premio lo causaría.

Ese costado del mercado se describe aquí sin nombrar marca alguna, porque poner un nombre y ningún respaldo detrás equivale a avalar lo que no se puede verificar. Lo que se puede afirmar sin nombres es lo que le falta al apostador en ese terreno: una autoridad administrativa encima del operador, una vía de reclamación local y una contabilidad que alguien revise.

Hay una asimetría que se piensa poco y que conviene dejar dicha: ninguna de las dos zonas del mercado mexicano —la de permiso y la offshore— ofrece hoy un registro nacional de autoexclusión. Quien busque esa red no la va a encontrar en ningún lado, y eso vale tanto para la marca de permiso más ordenada como para el sitio sin permiso más generoso.

Impuestos: lo que se queda Hacienda cuando el boleto gana

La retención sobre premios y por qué el CFDI llega al apostador

El artículo 138 de la Ley del ISR prevé una retención sobre los premios, y quien paga el premio es quien retiene. El esquema es de dos velocidades. Si el impuesto estatal no existe o no excede de 6 %, la retención es de 1 %. Si el impuesto estatal es mayor de 6 %, la retención sube a 21 %. Es decir: el lugar donde vive el apostador importa más que el tamaño del premio para saber cuánto se le va a descontar.

Hay estados que gravan los premios y estados que gravan los montos apostados, y no todos lo hacen. Ahí está la explicación de la diferencia entre dos apostadores con el mismo premio y la misma casa: el domicilio fiscal cambia la retención.

La retención además no siempre es la última palabra. Es un pago definitivo solo si la persona presenta la declaración a la que está obligada cuando corresponde; en caso contrario el ingreso se acumula y la retención se acredita. Para premios de cierta magnitud el esquema se vuelve más formal y el contribuyente termina con un asunto que resolver en la declaración anual. La cifra concreta a partir de la cual eso ocurre conviene confirmarla con un contador, porque los umbrales cambian y no es materia de esta página fijarlos.

Para el apostador hay una secuencia útil que se desprende de todo esto. Primero se identifica si el premio causa impuesto. Segundo se comprueba con qué tasa se retuvo y contra qué impuesto estatal. Tercero se conserva el CFDI de retenciones que emite el operador, porque es el documento que después sostiene el acreditamiento. Cuarto, si el monto es grande, se consulta a un especialista antes de la declaración y no después.

Premios de un sitio sin permiso: la parte que conviene preguntar

El artículo 137 de la Ley del ISR cubre los premios “autorizados legalmente”. Qué tratamiento corresponde a un premio obtenido en un sitio sin permiso no se puede deducir del texto leído, así que la única posición honesta es la que se da aquí: se pregunta a un contador o a un asesor fiscal antes de contar con ese dinero.

Y conviene subrayar el efecto contrario, el que sí está claro. Un permisionario que paga un premio sujeto a retención emite un CFDI de retenciones: el apostador queda con un papel, con una cifra retenida y con un rastro fiscal utilizable. Esa es una de las diferencias concretas entre apostar con permiso y apostar sin él, y es una diferencia que el apostador descubre en abril, no en el momento de la apuesta.

Preguntas frecuentes sobre apuestas deportivas seguras en México

¿Cómo compruebo que una casa de apuestas tiene permiso de la Secretaría de Gobernación?

Se empieza por el pie de página del propio sitio: ahí debe aparecer un número y un titular. El paso siguiente es comprobar que ese titular coincide con la razón social de los términos y condiciones. Como el registro de la DGJS no está abierto al público, el número se cita con la fuente que lo sostiene y sin confirmación oficial.

¿Que un sitio use dominio .mx prueba que la casa tiene permiso aquí?

No lo prueba. El dominio es una dirección, no una autorización, y en el mercado mexicano circulan cifras incompatibles sobre cuántos operadores digitales existen en esa terminación. Una marca puede operar en un dominio .mx y estar fuera del permiso, igual que una marca con permiso puede alojarse en otra terminación con la anuencia de su permisionario. Lo que decide es el permiso, no la extensión.

¿Hay registro nacional de autoexclusión y cómo se pide la autoexclusión?

No existe un registro nacional. La autoexclusión es voluntaria y la aplica cada casa por separado, con sus propias reglas: puede bloquear la cuenta, permitir pausarla o comprometerse a no enviar promociones. En la práctica conviene pedirla casa por casa, anotar las fechas y pedir el bloqueo de comunicaciones, porque la exclusión de un operador no alcanza a los demás.

¿Cómo se ponen límites de depósito o de pérdida en una casa de apuestas?

Suelen estar en la configuración de la cuenta, en la sección de juego responsable, y varían de una plataforma a otra. En México no hay límite de depósito general por norma, así que hablamos de herramientas de cada casa. El orden útil es fijar el límite antes de la primera apuesta, no después de la primera pérdida, y comprobar cuántos pasos hacen falta para levantarlo.

¿Qué arriesga quien apuesta en una casa sin permiso en México?

Pierde la fianza que respalda los premios promedio del permisionario, las cuentas auditadas, los reportes antilavado ante la UIF y el SAT, y el CFDI de retenciones cuando un premio causa impuesto. Sobre todo pierde la vía de reclamación administrativa ante la autoridad. Un saldo en un operador bloqueado puede quedar congelado, como ha ocurrido en el mercado.

¿Los premios pagan impuestos en México y quién hace la retención?

Sí, causan impuesto según el artículo 138 de la Ley del ISR, y la retención la practica quien paga el premio. La tasa es de 1 % cuando el impuesto estatal sobre el premio no excede de 6 %, y de 21 % cuando sí lo excede. El operador emite un CFDI de retenciones, y en ciertos casos el ingreso se acumula con la retención acreditable.

Lo que queda después de comparar

Nueve marcas, una sola autoridad y ningún documento público contra el cual cotejarlas. Ese es el estado del mercado mexicano de apuestas deportivas hoy, y cualquier lista que prometa más precisión de la que aquí aparece está vendiendo algo distinto de lo que dice vender.

Lo que sí queda claro después de pasar por las nueve fichas es una jerarquía del respaldo. Caliente pone su número en el pie y cualquiera puede releerlo en cualquier momento. Codere añade una ficha de aplicación que declara el permiso, la edad y la política de cierre de cuenta. Betcris suma una licencia europea con fecha de vencimiento legible, aunque su cifra mexicana no se pueda fijar. Betway y Playdoit llegan con titulares identificables y una forma jurídica reconocible. Novibet aporta continuidad de titularidad. Strendus presenta varios permisos pero ni un solo titular sin ambigüedad. Pickwin y 1xBet son los dos casos donde el número no se puede citar con precisión, y con 1xBet hay además una sociedad distinta publicando la aplicación.

Esa gradación no decide nada por el apostador. Decide qué le toca verificar a él. En una casa del primer grupo queda poco por comprobar; en las del último, el apostador es quien carga con la due diligence completa.

Queda el costo, que es lo que no cambia de una marca a otra. El margen vive dentro del momio, y con momios de 1,90 y 1,90 en un mercado de dos resultados la casa conserva alrededor del 5 % de cada peso jugado. Un apostador que sostiene $500 MXN semanales durante un año pone $26,000 MXN en movimiento, y con ese margen el costo esperado ronda los $1,300 MXN al año, en una banda que va de unos $780 MXN con un margen cercano al 3 % hasta unos $1,560 MXN si el margen se estira al 6 %. Es un promedio sobre muchas apuestas, no un resultado, y sirve para una cosa: recordar que el precio de jugar no aparece nunca en la pantalla de confirmación del boleto.

Ninguna de las nueve plataformas revisadas promete que ese costo se recupere. Ninguna promete acertar un resultado. Quien lea esto buscando un sitio donde ganar seguro se va a ir con las manos vacías, y es mejor que se vaya sabiendo eso.

Lo que un apostador puede llevarse es un hábito y no un nombre. Antes de depositar, que baje al pie de página y anote el número y el titular. Que revise si coinciden con los términos y condiciones. Que pregunte por escrito cuál de los permisos ampara la operación digital y cuánto tarda un retiro verificado. Que fije el límite de gasto antes de la primera apuesta. Y que desconfíe del sello bonito sin número, porque en este mercado un aval que no dice quién lo emitió no es un aval.

El permiso de la Secretaría de Gobernación es hoy lo mejor que el marco mexicano ofrece al apostador, y eso es una descripción exacta de lo que es: un respaldo administrativo real, con fianza, auditado y con obligaciones antilavado, y a la vez un documento que el propio apostador no puede contrastar en un registro abierto. Es más de lo que ofrece cualquier sitio offshore. Es menos de lo que sugiere la palabra “seguro” en la portada de una casa de apuestas.

Preparado por la redacción de «Rounddeapuestas».

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